Protección de datos personales

Resuelve tus dudas sobre los siguientes temas relativos a la Protección de Datos Personales.

No estoy de acuerdo con una factura de mi operador y he decidido no pagarla pero me amenaza con incluir mis datos en un registro de morosos, ¿qué puedo hacer?

La normativa aplicable a los servicios de telecomunicaciones no contempla nada específico al respecto, con lo que la legislación aplicable es la misma que afecta a todos los sectores, es decir, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Concretamente, su artículo 20 se refiere específicamente a este tipo de ficheros.

La inscripción en el fichero de impagados sólo podrá efectuarse cuando concurran, entre otros,  los siguientes requisitos:

  • Que los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya existencia o cuantía no hubiese sido objeto de reclamación.
  • Que el acreedor haya informado al afectado acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas.

No obstante, el titular de los datos puede ejercitar su derecho a cancelarlos o rectificarlos solicitándolo directamente al operador, si en el plazo de un mes no recibe contestación o ésta no es satisfactoria, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos acreditando la presentación de la solicitud.

Las infracciones que puedan cometerse en la gestión de esos registros se sancionan por la Agencia Española de Protección de Datos, así como para cualquier consulta, aclaración, reclamación, denuncia, sugerencia o queja, puede hacerlo a través de los siguientes canales:

  • Presencialmente en C/ Jorge Juan, 6 28001-Madrid.
  • Por teléfono 901 100 099 /  91 266 35 17.
  • A través de su Sede electrónica.
¿Telefónica, o cualquier operador que elabore una guía telefónica, puede ceder a otras empresas los datos que aparecen en dicha guía?

Las empresas que vayan a prestar servicio de información telefónica de números de abonado o que elaboren guías telefónicas, tienen derecho a disponer de ésa información, que les será facilitada a través de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Los datos de las personas que hayan decidido no figurar en guías no se facilitarán, a menos que sean solicitados por entidades que atienden servicios de emergencias.

La legislación vigente en materia de protección de datos (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales) reconoce una serie de derechos como son el derecho de acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales. Usted puede ejercer cualquiera de estos derechos, en este caso la negativa a la cesión de sus datos personales, dirigiéndose al propietario del fichero a través de cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud, junto con una copia del Documento Nacional de Identidad e indicando el fichero que se desea consultar. Si en el plazo de un mes el responsable del fichero no ha contestado puede dirigir la solicitud a la Agencia Española de Protección de Datos con copia de la petición y la respuesta del responsable, si la hubiera.

Las infracciones que puedan cometerse en la gestión de esos ficheros se sancionan por la Agencia Española de Protección de Datos, así como para cualquier consulta, aclaración, reclamación, denuncia, sugerencia, queja, etc., puede hacerlo a través de los siguientes canales:

  • Presencialmente en C/ Jorge Juan, 6 28001-Madrid.
  • Por teléfono 901 100 099 /  91 266 35 17.
  • A través de su Sede electrónica.
¿Es legal recibir publicidad por teléfono, por correo electrónico, por fax, en el móvil...?

En el caso de recibir llamadas o mensajes automáticos, es decir, en los que no existe la intervención física de una persona, se requiere consentimiento previo por parte del abonado para que se realicen (fax, SMS). Ahora bien, las llamadas en las que interviene una persona son legales a menos que el abonado haya manifestado su deseo expreso de no recibirlas. Así mismo, aunque el abonado haya decidido no figurar en la guía telefónica, sí puede dar su consentimiento para recibir este tipo de llamadas.

El titular de los datos puede ejercitar su derecho a cancelarlos o rectificarlos solicitándolo directamente al operador, si en el plazo de 10 días no recibe contestación o ésta no es satisfactoria, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos acreditando la presentación de la solicitud.

En cuanto a los correos electrónicos, existe una práctica muy extendida denominada 'Spam' que engloba todo tipo de comunicación no solicitada realizada por vía electrónica. La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, solamente autoriza el envío de información publicitaria con el consentimiento previo del receptor o si ha habido un contrato previo entre una empresa y el abonado.

La Agencia Española de Protección de Datos como organismo competente en la materia, ha publicado la Guías adaptadas al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la ha puesto a disposición de todos los ciudadanos en la que se dan consejos para prevenir y reducir el Spam.

¿Durante cuánto tiempo puede mi operador mantener los datos relativos a las llamadas y los de facturación?
Los datos de llamadas y facturación se deberán cancelar o hacer anónimos en cuanto ya no sean necesarios, y sólo podrán ser tratados durante el plazo en que pueda impugnarse la factura o exigirse el pago. Dicha información deberá constar en el contrato de abono al servicio.