Declaración de accesibilidad
El Ministerio de Transformación Digital se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://usuariosteleco.mineco.gob.es/, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
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Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 Contenido no textual]
- En algunas páginas la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto. [requisito número 9.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2019 de información y relaciones]
- En algunas páginas puede haber instrucciones especificadas solo por una característica sensorial como la forma, el color, el tamaño, la ubicación visual o el sonido. [requisito número 9.1.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 Características sensoriales]
- En algunas páginas algunos elementos no tienen el foco del teclado. [requisito número 9.2.1.1 de la norma UNE-EEn algunas páginas se ha utilizado el color como único medio visual para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual. [requisito número 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 uso del color]N 301549:2019 Teclado]
- En algunas páginas algunos elementos no tienen el foco del teclado. [requisito número 9.2.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 Teclado]
- De manera puntual algún enlace podría no tener definido el propósito especifico de manera textual. [requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2019 propósito de los enlaces]
- De manera puntual algunas etiquetas que acompañan a los controles no tienen el mismo nombre. [requisito número 9.2.5.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 inclusión de la etiqueta en el nombre]
- En algunas páginas los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad. [requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2019 Nombre, función, valor]
- En algunas páginas la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser del al menos 4.5:1. [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 contraste mínimo]
- En algunas páginas el contenido puede perder funcionalidad o información al ampliar el contenido. [requisito número 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2019 reajuste del texto]
- En algunos textos no es posible anular el espaciado de texto especificado. [requisito número 9.1.4.12 de la norma UNE-EN 301549:2019 espaciado del texto]
- En algunas páginas hay contenido que puede aparecer o desaparecer al pasar el puntero del ratón por encima o recibir el foco del teclado. [requisito número 9.1.4.13 de la norma UNE-EN 301549:2019 contenido señalado con el puntero o que tiene el foco]
- En algunas páginas los mensajes de estado podrían no estar determinados mediante programación a través de funciones o propiedades. [requisito número 9.4.1.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 mensajes de estado]
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Carga desproporcionada
No aplica.
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El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por este Ministerio ni están bajo nuestro control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 29 de Noviembre de 2020..
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por la empresa Everycode S.L el 18/11/2020.
Última revisión de la declaración: 29 de Noviembre de 2020..
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como, por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web a través del siguiente formulario de contacto o llamando al teléfono +34 91 258 28 52.
Puede presentar:
- Una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018
- Una Solicitud de Información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
A través de la Instancia Genérica de la la Sede electrónica del Ministerio de Transformación Digital, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Comunicación.
Procedimiento de aplicación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Transformación Digital, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Ministerio de Transformación Digital.
Contenido opcional
El sitio web está diseñado con la técnica de diseño responsive o adaptativo, con lo que se visualiza de forma óptima desde ordenadores de escritorio a tablets y móviles.
Tamaño del texto
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